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Dirección: Joan Egea Fernàndez, Josep Ferrer Riba |
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Coordinación: Albert Lamarca i Marquès |
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Inscripción en España de la filiación derivada del acceso a la maternidad subrogada en California.
Esther Farnós Amorós 09/03/2010
Cuestiones que plantea la Resolución de la DGRN de 18 de febrero de 2009 La Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado (en adelante, DGRN) de 18 de febrero de 2009 (RJ 20091735) estima el recurso interpuesto por dos hombres españoles contra el auto del Encargado del Registro Consular español en Los Ángeles, que denegó la inscripción en el Registro Civil español de los certificados de nacimiento que declaraban hijos suyos los mellizos gestados por una madre subrogada en San Diego. Los posibles efectos de la Resolución, en especial por lo que respecta al “turismo reproductivo”, plantean si es oportuno legalizar la maternidad subrogada en España y, si es así, en qué condiciones. Las soluciones que ofrecen algunos de los ordenamientos que han optado por otorgarle efectos jurídicos pueden servir de pauta al legislador español.
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